NORMAS PARA OTORGAR AUSPICIOS A REUNIONES CIENTÍFICAS
1. Se recomienda solicitarlo con la mayor antelación. Fecha límite: sesenta días.
2. Adjuntar el programa preliminar con la nómina de autoridades.
3. Que sea un evento científico de carácter internacional o nacional de reconocida importancia (no auspiciar reuniones locales o cerradas).
4. Que la entidad que lo solicita tenga personería jurídica o aval por escrito de un Jefe de Servicio acreditado.
5. La aprobación final es otorgada por la Comisión Directiva y será considerada en la primera reunión que realice después de presentada la misma y su decisión es inapelable.
6. En caso de que la Reunión de Comisión, no acceda a la solicitud de auspicio, no se informará a la entidad solicitante acerca de los motivos.
7. El haber otorgado el auspicio no significa que la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica Estética y Reparadora comparta opiniones o conclusiones arribadas en la reunión.
8. Si la entidad peticionaria entregare diplomas o certificados, no debe figurar en el mismo el auspicio concebido por la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica Estética y Reparadora.
9. La entidad peticionante se compromete a no incluir el nombre, fotografía o símbolos de la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica Estética y Reparadora en toda clase de promoción comercial que realicen instituciones o firmas que apoyen la reunión.
10. En aquellas carteleras en que figure la nómina de auspiciantes no podrá figurar la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica Estética y Reparadora junto a firmas comerciales.
11. La Sociedad Argentina de Cirugía Plástica Estética y Reparadora proporcionará a los peticionantes un formulario a llenar y las normas correspondientes. Cuando se reciba el formulario debidamente llenado y firmado por las autoridades solicitantes se dará inicio al pedido.
12. Se dará auspicio sólo si los oradores y organizadores miembros SACPER se encuentran al día con su cuota societaria.